El Juzgado Segundo de Distrito en materia Administrativa admitió un amparo presentado por la aplicación Rappi para una suspensión provisional al pago del impuesto de aprovechamiento de la infraestructura de la capital.

Por ahora, la plataforma libró el cobro de 2% que impuso el Gobierno de la Ciudad de México que se encuentra dentro dl artículo 307 Ter del Código Fiscal de la capital del país desde enero de 2022.

Con la suspensión, que tendrá vigencia hasta el próximo 9 de marzo, Rappi no pagará el 2% sobre la comisión, antes de impuestos, que cobra por sus servicios mismo que no puede cobrarse al cliente.

En marzo, el juez decidirá si la mantiene de manera definitiva la medida, mientras resuelve el fondo del amparo, lo que se prevé que ocurra hasta el 27 de abril próximo que se celebre la audiencia constitucional.

De acuerdo con el Código Fiscal de la CDMX, este concepto es aplicable a todas las personas físicas o morales que realicen actividades de intermediación, promoción o facilitación digital para la entrega o recepción de paquetes, alimentos, víveres o cualquier tipo de mercancía en la Ciudad de México.